I. Dictamen editorial

Los autores/as que postulen un artículo para su posible publicación en Acta Poética deberán remitir –completa y en su versión final– la documentación que se indica en la sección requisitos para la postulación de originales. Una vez que el equipo editorial acredite que el envío cumple con todos los requisitos de postulación, el texto será remitido a dictamen editorial el cual contempla las siguientes etapas:

  1. Acreditar una revisión bajo la herramienta aprobada por el Comité Editorial para detección de plagio, solo posterior a ello será posible continuar con las siguientes etapas del dictamen editorial.
  2. Se verificará que el texto postulado guarde relación con el enfoque y alcance de la revista. No se considerarán aquellos trabajos que no contemplen explícitamente como componente relevante la dimensión regional.
  3. Se revisará que el texto cumpla con todas y cada una de las indicaciones de forma señaladas en los requisitos para la postulación y entrega de originales, así como en las directrices para las autores/es.
  4. Se revisará que la bibliografía a la que se recurre sea pertinente y actualizada, y que sea provista debidamente estandarizada según lasnormas de la MLA (Modern Language Association).
  5. De acuerdo a los lineamiento de política editorial aprobados por el Comité Editorial, se dará prioridad a los textos cuya bibliografía se entregue gestionada electrónicamente y con hipervínculos activos a los DOI respectivos, en todos los casos que así corresponda.

Una vez que el artículo postulado acredite el dictamen editorial, se notificará formalmente al autor de contacto el registro e inicio del proceso de dictamen académico.

 

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II. Dictamen académico

Los artículos deberán acreditar favorablemente el proceso de dictamen académico el cual operará bajo la modalidad de doble revisión por pares ciegos, donde la identidad tanto de los autores como de los dictaminadores permanecerán en anonimato:

  1. Los artículos que acrediten el dictamen editorial serán enviados a académicos expertos en la misma área disciplinar y temática que las del texto postulado. Los revisores serán seleccionados de entre la cartera de árbitros –integrada por especialistas de instituciones nacionales e internacionales– quienes emitirán comentarios acerca de la pertinencia y calidad académica del texto propuesto y determinarán la factibilidad de la publicación del texto en cuestión.
  2. El dictamen deberá regirse por criterios académicos, estar expresado en forma respetuosa y atendiendo a la libertad intelectual de los autores, por lo que toda recomendación deberá dirigirse a propiciar el diálogo, el intercambio de ideas y el debate sin imposición de perspectivas, métodos ni consideraciones personales. Serán los dictaminadores los responsables de revisar la congruencia del texto respecto del campo de estudios, la coherencia entre el aporte académico y la relevancia de los hallazgos descritos, así como la actualidad y oportunidad de la bibliografía a la que se recurre.
  3. Todos los textos serán remitidos a dos expertos –adscritos a una institución distinta de la adscripción de los autores/as– quienes emitirán sus comentarios. Finalmente, con base en las recomendaciones de los revisores, la decisión de la dirección editorial de la revista será:

a)     Recomendar su publicación sin modificaciones.

b)     Recomendar su publicación con cambios menores, y que no hacen necesaria una segunda revisión por parte de los árbitros.

c)     Condicionar su publicación a la realización de cambios importantes, lo que obliga a una nueva revisión por parte de los revisores. Este proceso se puede repetir hasta un máximo de tres rondas, si a este punto el documento aún no es recomendado para su publicación, el artículo será rechazado sin opción a un nuevo envío.

d)     No recomendar su publicación.

 

  1. De existir controversia en los resultados de los dictámenes, se nombra un tercero en discordia, para determinar la publicación del artículo
  2. Para que un texto sea aprobado para su publicación es indispensable que, al menos, dos de los tres dictámenes sean positivos.
  3. La dirección editorial garantizará, en todos los casos, que los dictámenes entregados a los autores/as contengan argumentos sólidos que respalden la decisión editorial.
  4. Los resultados del proceso de dictamen académico serán inapelables en todos los casos.
  5. En caso de recibir observaciones, el autor tendrá un plazo de treinta días naturales para hacer llegar al editor la nueva versión del trabajo. De hacerlo fuera de este plazo el documento iniciará un nuevo proceso de dictamen.
  6. El tiempo para que el documento sea turnado a dictamen estará en función del número de artículos en la lista de espera. Los árbitros, una vez recibido el artículo, tendrán un plazo de tres semanas para realizar la revisión y entregar el resultado.
  7. Los documentos aceptados iniciarán el proceso de edición (corrección de estilo, marcaje de metadatos, formación, maquetación etc.), para posteriormente ser incluidos en el fascículo que corresponda, según la decisión de la dirección editorial
  8.  Una vez concluido el proceso editorial (corrección de estilo, marcaje de metadatos, formación y maquetación), la versión preliminar del texto será turnada a los autores/as para su última revisión y aprobación. Los autores/es tendrán un plazo de tres días naturales para la entrega del visto bueno, si no se entregaran comentarios en dicho plazo, la coordinación editorial de la revista asumirá que los autores/as han dado su aprobación tácita.

ESCI SCOPUS DOAJ  SCIELO  REDIB  CIRC 


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ACTA POÉTICA (número 45-1, enero-junio, 2024) es una publicación semestral, editada por la Universidad Nacional Autónoma de México, Ciudad Universitaria, Alcaldía de Coyoacán, C.P. 04510, Ciudad de México, a través del Centro de Poética del Instituto de Investigaciones Filológicas, Circuito Mario de la Cueva s/n, Ciudad Universitaria, Alcaldía de Coyoacán, C.P. 04510, Ciudad de México, teléfono 56 22 74 92. URL: https://revistas-filologicas.unam.mx/acta-poetica. Correo electrónico: actapoet@unam.mx. Editor responsable: Dra. Elsa del Carmen Rodríguez Brondo. Certificado de Reserva de Derechos al uso Exclusivo del Título No.  04-2015-041309023000-203, eISSN: 2448-735X, ambos otorgados por el Instituto Nacional del Derecho de Autor. Certificado de Licitud de de Título y Contenido núm. 4468 y 3224, otorgado por la comisión Calificadora de Publicaciones y Revistas Ilustradas de la Secretaría de Gobernación. Responsable de la última actualización de este número: Dr. Alejandro Sacbé Shuttera, Aula 2, cubículo 1. Instituto de Investigaciones Filológicas, Circuito Mario de la Cueva s/n, Ciudad Universitaria, Alcaldía de Coyoacán, C.P. 04510, Ciudad de México.  Fecha de la última modificación: 20 de enero de 2024.

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